Re: LSSI y difusión de banda ancha en zona r ural.

Juande Egido <[email protected]>
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Queru escribió:
> El 29/06/2006, a las 10:49, Juande Egido escribió:
>> También en teoría tienes que estar preparado
>> para poder sniffar lo que pasa a requerimiento de los agentes (no de
>> cualquier agente, hay unos requisitos).
> 
> De cualquier agente de policía provisto de la correspondiente orden  
> judicial para la intervención de las comunicaciones de alguien en  
> concreto, espero.

Sería lo lógico ¿no? Pues no del todo.
Para sniffar los paquetes completos sí. Pero desde el verano, el Consejo 
de Ministros vía Reglamento, autoriza a los "agentes facultados" a poder 
trazar la comunicación de una persona sin tener orden judicial. Es 
decir, que las cabeceras (origen, destino, timestamp) se las tienes que 
dar sí o sí. Lo que no aclara el citado reglamento es quién es un agente 
facultado.

Te iba a pasar el enlace al pdf que publicó el Consejo de Ministros, 
pero me da un 404. De todas formas, este tema lo siguieron mucho los 
chicos de ciberpunk, seguro que tienen un enlace bueno.


-- 
Un abrazo, Juande.
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